El Chaco refinanció con Nación más de $ 470.000 millones que pagará hasta fines de 2027

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Casa de Gobierno

La provincia y el gobierno nacional suscribieron un nuevo convenio que tiene como marco general el Régimen de Extinción de Obligaciones Reciprocas. Todos los detalles.

El gobierno del Chaco, a través del Decreto 1823/2026, refinanció varias deudas con la Nación, entre las cuales sobresale por su volumen el anticipo financiero otorgado en dos etapas (abril y junio de este año). Se trata de un esquema ya implementado entre 2024 y 2025, donde la provincia y el gobierno argentino compensan deudas recíprocas, quedando un saldo a favor del Estado nacional de más de $ 470.000 millones, que se pagará en etapas y cuotas hasta diciembre de 2027.

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El Chaco accedió a este acuerdo justo el mes en que debía comenzar a abonar pagos de capital por dicho anticipo financiero tomado, en una primera etapa, en abril de este año por un total de $ 350.000 millones, y que fuera desembolsado en cuotas que abarcaron desde ese mes hasta junio. Luego, en el sexto mes del año, la provincia había recibido otro anticipo financiero de $ 50.000 millones, completando el cupo establecido por la Nación de hasta $ 400.000 millones (Decreto 219/2026).

La refinanciación se realizó en el marco del Convenio sobre Régimen de Extinción de Obligaciones Reciprocas (REOR) entre el Estado Nacional y la Provincia del Chaco, instrumento que el decreto provincial mencionado aprueba.

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Compensación y financiación del saldo

Según la primera cláusula del convenio, las acreencias del Estado nacional reconocidas por la provincia totalizan $ 490.161.735.702,81, correspondientes a un primer convenio celebrado dentro del REOR con fecha 22 de diciembre de 2025, con un saldo de deuda pendiente e impaga al 20 de junio de este año por $ 77.166.393.237,06; el mencionado anticipo financiero (Decreto 219/2026) por $ 400.000 millones y los intereses de ese anticipo financiero al 20 de julio de 2026 por $ 12.995.342.465,75.

En tanto, en la cláusula segunda, se consigna que las deudas del Estado Nacional con la provincia del Chaco a compensar totalizan $ 13.902.744.752,55 y corresponden al ajuste de la compensación del Consenso Fiscal del cuarto trimestre de 2025, y del primer y segundo trimestre de 2026.

Así, el saldo resultante de la compensación de las deudas y créditos recíprocos detallados asciende a $ 476.258.990.950,26 a favor del Estado Nacional. Es ese monto el que será reembolsado por la provincia en tres partes, según las siguientes condiciones:

-$ 120.000 millones encuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un primer vencimiento el último día hábil de agosto de 2026.

-$ 12.995.342.465,75 en una única cuota cuyo vencimiento ocurrirá el último día hábil de diciembre de 2026.

-El saldo de la deuda que asciende a $ 343.263.648.484,51 en siete cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un primer vencimiento el último día hábil de junio de 2027.

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Intereses del 15%

El acuerdo mantiene la tasa de interés que el Estado nacional había dado a las provincias que tomaban el anticipo financiero, una ventaja que sirvió durante meses por sobre el costo que implicaba la colocación de deuda en el mercado de capitales local.

Así, el acuerdo establece que los intereses hasta el 31 de diciembre de 2026 se devengarán cada mes a partir de la fecha de suscripción del convenio, con una tasa de interés nominal anual 15 %. La provincia deberá abonarlos en una única cuota cuyo vencimiento ocurrirá el último día hábil de diciembre de 2026.

Por otra parte, los intereses a partir del 1 de enero de 2027 se devengarán mensualmente sobre el saldo de capital pendiente de amortización, también con una tasa de interés nominal anual del 15 %. El Chaco los abonará mensualmente, con un primer vencimiento el último día hábil de enero de 2027.

Los servicios de capital e interés se pagarán mediante la retención de los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, a partir del decimoquinto día hábil anterior al vencimiento.

A qué renuncia la provincia

Por último, en virtud de la firma del convenio, la provincia del Chaco se comprometió a desistir de la acción legal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (expediente CSJ 2763/2023-00) por la cual había requerido en diciembre de 2023 que se declaren inconstitucionales el Decreto PEN N° 473/2023 y la Ley N° 27.725, que modificaron el piso del Impuesto a las Ganancias, reduciendo significativamente la masa de fondos coparticipables y afectando el patrimonio provincial, sin que la Nación otorgara una compensación económica a los distritos perjudicados.

En qué consiste el régimen de extinción de obligaciones

El Régimen de Extinción de Obligaciones Reciprocas fue creado en octubre de 2024, entre el Estado Nacional y las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de «extinguir total o parcialmente, las obligaciones reciprocas entre las jurisdicciones, para facilitar el proceso de saneamiento de las cuentas públicas», según expresa el texto de la normativa.

El Chaco se adhirió a ese régimen el 25 de noviembre de 2024, avanzando en los primeros meses de 2025 en la determinación de la existencia y cuantía de obligaciones reciprocas entre la provincia y a nación, en base a informes técnicos y jurídicos efectuados.

En ese marco, dada la existencia y cuantía de nuevas obligaciones recíprocas es que se aprobó un convenio específico que, sobre dicho régimen, el cual fue rubricado por el gobernador Zdero y el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo.

Diario Norte

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