SENASA informa que todas las personas humanas y jurídicas inscriptas en sus distintos registros y/o sistemas deben declarar un domicilio electrónico.

Declaración del domicilio electrónico, gestiones más ágiles y transparentes
Los usuarios externos que utilicen servicios o se encuentren inscriptos en registros del SENASA deberán constituirlo mediante el sistema SIGTrámites.
Continuando con la optimización y para lograr eficiencia y celeridad de sus trámites administrativos, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció que, a partir del día de la fecha, todas las personas humanas y jurídicas inscriptas en sus distintos registros y/o sistemas deben declarar un domicilio electrónico.
La gestión establecida en la Resolución 808/2025 publicada en octubre de 2025 en el Boletín Oficial, se funda en la necesidad de adaptar las notificaciones por correo postal físico a la actualización tecnológica de una administración pública ágil y eficiente en sus procesos, reduciendo significativamente los costos operativos asociados a la gestión documental y la tramitación presencial.
La gestión se realiza a través del sistema SIGTrámites de manera 100% digital, tanto para personas físicas como jurídicas.
1. Adhesión al servicio SIGTrámites.
Para acceder al sistema SIGTrámites, el usuario debe ingresar al portal de Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA) utilizando su clave fiscal. Por única vez, debe adherirse el servicio SIGTrámites – SENASA desde el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
Si se trata de personas jurídicas, el representante legal o administrador de relaciones deberá delegar el servicio SIGTrámites al usuario que actuará como representante de la firma, para que pueda operar el sistema y realizar los trámites en nombre de la empresa.
2. Ingreso al sistema y selección del trámite.
Una vez adherido el servicio, el usuario podrá ingresar a SIGTrámites desde el portal de ARCA. Dentro del sistema deberá buscar y seleccionar el trámite “Declaración de domicilio electrónico” para iniciarlo.
3. Registro inicial de correo electrónico del sistema para notificaciones de SIGTrámites.
Si el usuario ingresa por primera vez a SIGTrámites, el sistema solicitará por única vez el registro de un correo electrónico de notificaciones del sistema, que deberá ser validado mediante un enlace enviado a dicha dirección.
4. Carga del domicilio electrónico.
Una vez ingresado al trámite “Declaración de domicilio electrónico”, el sistema habilitará un formulario donde el usuario podrá declarar su domicilio electrónico y un número de teléfono de contacto.
5. Validación final del domicilio electrónico.
Al enviar el formulario, el sistema remitirá un enlace de validación al domicilio electrónico declarado, el cual deberá ser confirmado para completar el proceso.

El domicilio electrónico tendrá, en el ámbito administrativo, los mismos efectos jurídicos que el domicilio legal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones emitidas desde allí. Los documentos digitales transmitidos a través del servicio Domicilio Electrónico gozarán, a todos los efectos legales y reglamentarios, de plena validez y eficacia jurídica, constituyendo medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellos.
La normativa prevé 90 días de plazo para declarar el domicilio electrónico que – de acuerdo a datos del SENASA – involucra a más de 200 áreas y sectores y subsectores de la producción agropecuaria.
Quienes deseen consultar más información, pueden dirigirse a la página web del SENASA, comunicarse al correo electrónico responde@senasa.gob.ar o enviar un mensaje al Whatsapp oficial del SENASA: +541135859810.
Para consultas sobre el sistema SIGTrámites, los interesados pueden escribir a los correos electrónicos: ayudaSIGtramites@senasa.gob.ar o mesadeayuda@senasa.gob.ar.






