Qué empleada doméstica puede cobrar AUH, IFE y Tarjeta Alimentaria
Cualquier empleada doméstica, siempre y cuando cumpla con los requisitos para acceder a cada beneficio, puede cobrar simultáneamente la Asignación Universal por Hijo, el Ingreso Familiar de Emergencia y el subsidio de la Tarjeta Alimentaria.
Esto se da porque las empleadas de casas particulares no pierden el derecho a cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) independientemente de la remuneración que reciban.
Por ley, todas las personas que trabajan en una casa particular tienen que estar registradas para tener obra social, ART, cobrar asignaciones y tener tarifas sociales en los servicios públicos.
Asignaciones familiares
Una empleda doméstica registrada, en blanco, puede cobrar:
Asignación por embarazo para protección social.
Asignación universal por hijo.
Asignación por Maternidad.
Ley 24.714. Ley de asignaciones familiares
IFE y Tarjeta Alimentaria
El Gobierno Nacional autorizó a las empleadas domésticas a la tramitación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que en agosto está haciendo su tercera paga de $10.000.
Para poder acceder al IFE, los trabajadores y trabajadoras de casas particulares deben cumplir además otros dos requisitos:
Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años.
Tener entre 18 y 65 años de edad.
La Tarjeta Alimentaria también puede tener como beneficiaria a una empleada doméstica ya que se otorga a madres y padres con hijos e hijas de hasta 6 años que reciben la AUH, embarazadas a partir de los tres meses que reciben AUH y personas con discapacidad que reciben AUH.
Otros derechos de las empleadas domésticas
La empleada doméstica registrada en blanco deben tener:
Obra social.
Asignaciones familiares.
Aportes jubilatorios.
Cobertura en caso de accidente de trabajo.
Ley 24.013. Ley de Empleo
Una tarifa más baja en el transporte público.
Resolución 46/2016 del Ministerio de Transporte
ART (aseguradora de riesgos del trabajo) que en caso de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se hace cargo de: atención médica inmediata, pagar el sueldo mientras dure el tratamiento e indemnizaciones correspondientes.
Ley 26.844. Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el personal de casas particulares, Art. 14 inciso e.
Tarifa social en el gas, agua y electricidad que consumís en tu casa.
Para acceder a este beneficio, ingresá acasarosada.gob.ar/tarifasocial.
Resolución 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería.
Resolución 28/2016 del Ministerio de Energía y Minería.







